El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, DOCV Núm. 9494, de 21 de diciembre de 2022, publica las medidas para la ejecución y desarrollo de las OPE aprobadas y pendientes de convocatoria, se ejecuta la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se aprueba la OPE del año 2022 en el ámbito de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
En esta Resolución se publican las bases generales para las convocatorias específicas. No es una convocatoria.
En el supuesto de procesos selectivos coincidentes, en cuanto a la categoría o cuerpos/escalas convocadas, se tramitará y resolverá en primer lugar el concurso de méritos y posteriormente el concurso-oposición. En las convocatorias de concurso-oposición, la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, tendrá un valor del 60% y la fase de concurso del 40% de la puntuación final.
Baremos: En los baremos de aplicación a la fase concurso de los procesos selectivos cuya forma de selección sea el concurso-oposición, respecto del 40% que corresponde a esta fase, los servicios prestados supondrán un 70% y los otros méritos un 30 %. En los procesos derivados de la Disposición Adicional sexta y octava, respecto de los méritos a valorar, los servicios prestados supondrán un 70% de la puntuación total y los otros méritos un 30 %.
Plazo de inscripción: El plazo se determinará en la convocatoria y será de mínimo 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
De especial interés: Tras la finalización de todos los procesos selectivos correspondientes a las OPE de los años 2017, 2018, estabilización de 2019 y los convocados en ejecución del Capítulo I del Decreto 71/2022, una vez resuelto el concurso de traslados por categoría/cuerpo/escala previsto en el apartado anterior, se convocará un único proceso en el que participarán con carácter forzoso todos los candidatos que hayan superado los distintos procesos selectivos referenciados. En la adjudicación de las plazas/puestos en ejecución de este proceso, se seguirá el siguiente orden de prelación, por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo correspondiente:
a) Opositores que hayan superado los procesos selectivos derivados de las OPE de los años 2017, 2018 y estabilización de 2019, ya convocados a la fecha de publicación de la Ley 20/2021. (Examen el pasado 2 de octubre de 2021).
b) Opositores que hayan superado el concurso de méritos extraordinario previsto en las Disposiciones Adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021.
c) Opositores que hayan superado los procesos de concurso oposición convocados en ejecución del artículo 2.1 de la Ley 20/2021.
En el supuesto de opositores que hayan superado varios de los procesos selectivos, para la adjudicación de plaza únicamente se tendrá en cuenta uno de ellos, que será el primero que corresponda en aplicación de la prelación establecida en el apartado anterior.